Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRABAJO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARA MAIGUALIDA DEL COROMOTO CASTRILLO DE GONZALEZ a su esposo SAMUEL GONZALEZ y a sus hijos LUZBIMAR COROMOTO Y SAMUEL CELESTINO, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. ASI SE DECIDE. publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Déjese constancia en el Libro Diario y en el de solicitudes. Devuélvase original con sus resultas a los interesados. CUMPLASE, la misma se publicó a la 2:00 de la tarde.-