Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y san Gerónimo de Guayabal de la Circunscripciòn Judicial del Estado Guàrico, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artìculos 362 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 31 y 68 ambos de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, DECLARA CONFESO, a la parte Demandada, Empresa: INVERSIONES TURISTICAS DEL LLANO ROANA C.A, representada por el ciudadano: DUILIO FRATTAROLI LEON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.634.550; y en consecuencia declara CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, intentada por el ciudadano: MARIO JOSE RAMIREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº 17.164.692, debidamente representado por su Apoderados Judiciales, Abogados: IBELICETH CARPIO VILLA.....