NIEGA la solicitud de permiso especial efectuado por el penado JOAN DE JESÚS FERNÁNDEZ CASTRO, al no encontrarse dentro de las causales previstas en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Se ordena el traslado del penado JOAN DE JESÚS FERNÁNDEZ CASTRO desde la sede del Retén Policial de la Zona 1 de esta ciudad y Estado hasta la Penitenciaría General de Venezuela, tal como así lo ordena la resolución que antecede, dictada por este tribunal en esta misma fecha.