Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la Modalidad de Tribunal Mixto y por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECIDE: PRIMERO: Se Absuelve al ciudadano JULIO CESAR NORIEGA ORTEGA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14.057.522, casado, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 31-07-1979; de 29 años de edad, hijo de los ciudadanos Julio Noriega y Carmen Ortega, con residencia en Guamachal, calle Los Tulipanes, casa Nº 8-E, Valle de la Pascua, Estado Guárico, de la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 462.1 del Código Penal, en prejuicio de FONDAFA y el ciudadano Guillermo Rafael Felizola González. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Ven.....