DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara la extinción de la pena y de la responsabilidad penal del ciudadano FRAY DAVID PUNCHILUPI IZTURIZ, venezolano, natural de Altagracia de Orituco, de 38 años de edad, nacido el 05-08-1971, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.511.629, residenciada en el en el Sector Cotoperi, Calle El Río, Casa S/N° detrás del Cementerio de Camatagua Estado Aragua, Estado Aragua, ha cumplido la totalidad de la pena que le fue impuesta, por la sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, y en consecuencia, decreta su Libertad Plena y declara Concluido el presente asunto, conforme a las atribuciones conferidas en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgáni.....