Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en la audiencia de presentación de detenidos, de fecha 04 de junio de 2018, y fundamentada en esa misma fecha, por el Juzgado tercero (3ero) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, que, entre otros pronunciamientos, negó la medida de privación judicial preventiva de libertad y acordó medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos Fernando Javier Durand Santamaría, José Rebolledo y Jean Carlos Herrera, de conformidad con el numeral 3º del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada quince (15) días por ante la oficina de Alguacilazgo, por la presunta comisi.....