En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ELSA JOSEFINA ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.391.695, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto al folio 01, 02 y vto del presente expediente, sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección SECTOR EL DELIRIO, CALLE MENECO CASA Nº 43-1, SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUÁRICO, constante de una superficie de Terreno de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (483,44 M2)q.....