III
Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESCONOCIDA la letra de cambio presentada con el libelo y en consecuencia SIN LUGAR la acción de cobro de bolívares vía intimatoria interpuesta por el ciudadano ROBERT PEDIGO contra el ciudadano JOSE LEOPOLDO MATOS, ambos suficientemente identificados con anterioridad.-
Se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada con ocasión de este procedimiento ejecutada sobre los siguientes bienes inmuebles: Primero: Una casa de vivienda familiar y un local comercial ubicados en la Calle Tamanaco parte norte de esta ciudad de Valle de la Pascua, adquirida por documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Infante.....