D I S P O S I T I V A
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Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA incoada por el ciudadano DORTA MARTIN JOSE contra MARTINEZ JOSE DEMETRIO y PAREDES ANGEL DAVID, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, se ordena a la parte querellada ciudadanos MARTINEZ JOSE DEMETRIO y PAREDES ANGEL DAVID, restituirle inmediatamente a la parte actora, el inmueble objeto de este juicio, constituido por una parcela de terreno constante de Nueve Mil Quinientos Noventa y Seis Metros cuadrados (9.596 M2), ubicada en Jurisdicción del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, cuyos linderos particulares son: NORTE: Carretera Nacional que va desde Las Mercedes del Llano a Cabruta; SUR: Terrenos del .....