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Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación efectuada por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Tribunal de la causa de fecha 17 de Diciembre de 2007, y así se decide.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes, la mencionada sentencia dictada por el Juzgado A quo, y así se decide.
TERCERO: SIN LUGAR la presente demanda de ACCION DE DAÑOS, incoada por el ciudadano DOMINGO ALBERTO MANAURE contra la ciudadana CARMEN MATILDE ARIAS DE VALERO, y así se decide.
De conformidad con los Artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, en razón de su vencimiento total.
Se exhorta al Tribunal A quo, notificar de esta decisión a las partes, de.....