Por todos los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por el ciudadano CELSO ADOLFO CASTRO ARVELAEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de cédula de identidad Nº V-11.631.615, debidamente representado por su Apoderado Judicial Abogado JOSE ANTONIO REINA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-11.630.574, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 256.016, domiciliado en la calle Troconis, al lado del Antiguo Cine Lomas, local A, de esta ciudad de Zaraza Estado Guárico, solicitando la rectificación de la partida de nacimiento, la cual se encuentra insertada bajo el Número 161, del año 1.975, lleva.....