Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo (10º) de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos MICHELLE GIOCONDA DE LOS RIOS RONDON y FRANCISCO ALEJANDRO GRILLO RAMIREZ, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 12 de diciembre de 1996, por ante la Primera Autoridad de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta quedó inserta bajo el N° 154, del Libro de Registro Civil de Matrimonios. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina del Registro Civil Principal correspondiente, a los fines de estampar la nota marginal respectiva.
-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA-
Dada, firmada y sellada e.....