PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora ¿ recurrente, Ciudadano ARTURO CELESTINO ÁLVAREZ CARPIO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-5.330.542, domiciliado en la población de Tucupido, Municipio José Félix Ribas, Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 22 de junio de 2009. Se ordena la entrega a la parte demandante de la cantidad únicamente de DIEZ MIL DOSCIENTOS QUINCE BOLIVARES (10.215,oo Bs), y así se establece. Se ordena remitir la totalidad del presente expediente en copias certificadas al TRIBUNAL DISCIPLINARIO del Colegio de Abogados del Estado Guárico, a los fines de que verifique, por parte de la letrada ALICIA FERNÁNDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 26.257 el cumplimiento de .....