En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, sede Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO BELISARIO, titular de la cédula de Identidad Nro. 12.990.154 contra la empresa DISTRIBUIDORA CENTRAL DE GAS (DICEN GAS C.A). en consecuencia se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos:
Conceptos total
Prestación de Antigüedad Art. 142 LOTTT Bs 21.055,79
Vacaciones fraccionadas Art. 190 LOTTT Bs 782,37
Bono de fin de año Art. 132 LOTTT Bs 1.419,20
Bono de Alimentación Bs 7.937,50
Bs 31.194,86
recibido Bs 11.702,50
total Bs 19.492,36
-Se condena el pago de los Intereses sobre la antigüedad, para lo cual se ordena realizar experticia complementaria por.....