Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Wilfredo Villavicencio, debidamente asistido por el abogado Ernesto Rafael Meléndez, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de julio de 2018 y publicada en su texto integro en fecha 19 de julio de 2018, por el Tribunal Penal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión referida ut supra, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, con las consecuencias previstas en el artículo 180 ejusdem, se declara la nulidad de todos los actos consecutivos que del mismo emanaren o depen.....