Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo de este Tribunal.-------------------------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Calabozo, a los Ocho días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Cuatro.-- AÑOS. 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
EL JUEZ TITULAR
DR: ISAIAS HERNAN.....