Por las anteriores consideraciones y en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico de la Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, APRUEBA el ACUERDO REPARATORIO celebrado entre el acusado ELVIS ORTEGA y la víctima ciudadano FEIBERT JOSE VELASQUEZ y SUSPENDE EL PROCESO hasta el día 01 de febrero de 2010 a las 2:00 horas de la tarde, para la verificación y cumplimiento de las obligaciones contraídas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, publíquese, déjese copia certificada