Es por las razones expuestas que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 03, actuando en el nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECIDE: PRIMERO: Sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el imputado LUIS OCTAVIO MORENO MOSQUEDA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.979.656, por una medida cautelar sustitutiva, consistente en la obligación de acudir al llamado del tribunal cada vez que sea requerido. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 9° del Código Orgánico procesal Penal, previa imposición mediante acta de la presente decisión y de la fecha del juicio oral y publico. Líbrese boleta de excarcelación y oficio a la Brigada de Acción Comunal y Rural, y al Comisario jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas, dejando sin efecto la orden de aprehensión librada contra el imputado de autos.