En virtud de lo antes expuesto este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA que el ciudadano ENZO TROICE, identificado en autos, pague al demandante el ciudadano FIDEL ONORIO MELECIO, la cantidad de Lo que da una totalidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 19.500,25); por todos y cada uno de los conceptos reclamados y descritos en el libelo de la demanda. Dada la naturaleza del presente fallo, se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, de conformidad a Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjense correr los lapsos correspondientes, a los fines de la interposición de los recursos a que hubiere lugar. Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la .....