DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ha decidido: PRIMERO: Decretar la ADOPCIÓN PLENA, del ciudadano, GUILLERMO ANTONIO RODRIGUEZ DONAIRE venezolano, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad N° V-20.876.228 a favor del ciudadano NOEL JESUS BISOGNO SALINAS, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio y con cédula de identidad N° V-4.453.123.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración, en lo sucesivo el adoptado mantendrá sus nombres como GUILLERMO ANTONIO y tendrá los siguientes apellidos BISOGNO DONAIRE. TERCERO: De conformidad con lo estatuido en el Artículo 39 de la Ley de Adopción, en concordancia con el Numeral 6° del Artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena remitir copia cer.....