Por los argumentos precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se Revoca la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta al ciudadano WILLIANS GUSTAVO VARGAS CHAPARRO, venezolano, de 41 años de edad, soltero, obrero, natural de San Fernando de Apure, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.357.413, en el Barrio Vicario 03, calle principal al final, adyacente al Abasto Lisboa, casa N ° 29, de esta ciudad, y en consecuencia se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 4° y 6° del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana Belkis Josefina Rivero García, de conformidad con lo previsto .....