Visto la anterior CONCILIACION suscrita por los ciudadanos HENRRY JOSE CHIPANO PIÑA y KARINA YAMILETH SANCHEZ FLORES, partes demandada y demandante, respectivamente, suficientemente identificadas en autos de este Expediente, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos y condiciones establecidos por ellos en dicha CONCILIACION. Asimismo y vista la solicitud efectuada por las partes, se acuerda oficiar al ciudadano Gerente del Banco Bicentenario, Agencia El Sombrero, a fin de aperturar a la brevedad posible una cuenta de ahorros a nombre de: HENRRY JOSE, YENFRI DANIEL, RENI JAVIER, KELVI DAVID, DEIVI JOSE y KARINA YAMILETH CHIPANO SANCHEZ, representados por su madre ciudadana: KARINA YAMILETH SANCHEZ FLORE.....