Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su Homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente