DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: Se declara CULPABLE, al ciudadano RAFAEL DAVID ZAA MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.983.936, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 29-11-1972, hijo de Elydes Morales y David Zaa, residenciado en la calle Nº 05, vereda Nº 10, casa Nº 02 de la Urbanización Las Garcitas, de Valle de la pascua, Edo Guarico, de la comisión del delito de Desvalijamiento de Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el Articulo 3 de la Ley Sobre el Hurto y robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Rubén Celestino Parraga Laya, y por lo tanto se le impone una pena de CUATRO (04) AÑOS de prisión, así como las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Cód.....