En consecuencia, este Tribunal Segundo de primera Instancia en funciones de Juicio del este Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
UNICO: Declara SIN LUGAR la revisión de la medida de coerción de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada por el Tribunal Primero de Control el 03 de OCTUBRE de 2006, e impuesta al ciudadano HERNAN JOSE PIÑERO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 19.709.153, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVO FUTIL, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en relación con el artículo217 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del adolescente que en vida respondía al nombre de JORGE DAVID SEVILLA acordándose mantenerla en todos sus efectos, de conformidad con l.....