Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor de el ciudadano RAMON ANTONIO PARRA SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.650.532, sobre las bienhechurías construida en un lote de terreno Propio, constante de un área de terreno de CINCO MIL METROS CUADRADOS (5.000.00 mts2), ubicado en la Zona Industrial Carretera Nacional vía El Sombrero de la ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con Carretera Nacional en (100,00 Mts2) SUR: Ejidos Municipales en (100,00 Mts2), ESTE: Ejidos Municipales en (50,00 Mts2) y OESTE: Terrenos de Severino Reglia en (50,00 Mts2); que dichas bienhech.....