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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud intentada por los ciudadanos JOSE LEON SOLANO HERNANDEZ y JOSE LEONARDO SOLANO HERNANDEZ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.984.235 y 10.975.913, respectivamente y en consecuencia, de conformidad con el artículo 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena al ciudadano Registrador Civil del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico y al Registrador Principal del mismo Estado, para que estampen la debida nota marginal en el Acta de Defunción, asentada bajo el Nº 295, de fecha 06 de Junio de 2.002 , a fin de que se hagan las si.....