En fecha 09 de Julio de 2009. No fue practicada la medida acordada por cuanto le fue imposible al Tribunal ubicar la porción de terreno ordenada a Embargar la cual forma parte de mayor extensión de la posesión general Arguaca y se acordó fijar nueva oportunidad designando un nuevo Experto conocedor de la zona. Parte Actora: Corporación de Desarrollo de la Región Central (CORPOCENTRO). Contra Sociedad Mercantil Café Don Antonio Coppai Sucesores, C.A.