Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos ROSA ELENA TORRES y WILFREDO JOSE DIAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 6.226.192 y V- 11.435.559, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 17 de octubre de 1989, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 127, del libro de matrimonios correspondiente al año 1989, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de lo.....