.III.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la tercera opositora Empresa SERVICIOS LLASHAG C.A. (SERVILLAG), Compañía Anónima, constituida mediante inscripción de su documento constitutivo estatutario por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 30 de mayo de 1995, bajo el Nº 16, Tomo 17-A. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida de fecha 11 de Enero de 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la cual declaró sin lugar la oposición del tercero opositor a las medidas decretadas por el Tribunal natural en fecha 11 y 26 de Abril de 2007 y .....