Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DEL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, realizada por la Defensa, asunto seguido contra el acusado CARLOS NARCISO CORTEZ LADERA, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES SIMPLES O MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para el momento en el cual ocurrieron los hechos atribuidos, en perjuicio de la victima EDUARDO DAVID HERNANDEZ RODRIGUEZ, al estar evidentemente prescrita la acción penal, conforme a lo establecido en el ordinal 3º del artículo 318 en concordancia con el ordinal 8º del artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal.....