En la oportunidad de la Audiencia Preliminar, la parte accionada no hicieron presencia ni por si ni por medio de apoderado judicial. De conformidad como ha quedado trabada la litis, en los términos expuestos en la demanda, se concluye que los hechos controvertidos son los siguientes:
1) Comprobar el presunto despojo por parte del accionado.
2) Comprobar la posesión legitima, por la parte demandante, en la forma, superficie del terreno e inmuebles identificados en autos.
3) Comprobar la producción agropecuaria desarrollada sobre el lote de terreno objeto de conflicto por parte del demandado.
Se abre el lapso de cinco (5) días de despacho para promover pruebas sobre el mérito de la causa.
HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
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