DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, revisada la apelación ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo en funciones de Control en el procedimiento por admisión de los hechos en fecha 17 de mayo del 2011, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Antonio Brito Scout, en su carácter de defensor de la ciudadana Katherine Del Valle Rosales venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-19.724.524, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 19 años de edad, nacida en fecha 27-10-1991, de profesión u oficio del Hogar, estado civil soltero, hijo de Yhajaira Rosales (f) y Jorge Álvarez (v), residenciada en Pro patria pasaje 16, Caracas, Distrito Capital, teléfono 0414-2820431 (Papá),
SEGUNDO: Se reforma parcialmente la decisión recurrida solo en lo que compete a la rectificación pertinente de la pena en atención a lo que esta.....