Por los razonamientos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana ROSALIA ADELAIDA VILLARRUEL GONZALEZ, en representación de su hija ROANLY GLAYMAR contra ANTONIO ZAMPETTI MIRANDA, en consecuencia, condena al demandado a pagar mensualmente a la ciudadana ROSALIA ADELAIDA VILLARRUEL GONZALEZ, para su menor hija la cantidad de Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 40.000,oo) semanal, monto en que se fija la pensión alimentaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los Diez días del mes de Febrero del año dos mil cuatro.- A.....