Se declaró, con lugar la inhibición propuesta por la Juez Superior Yajaira Margarita Mora Bravo, adscrita a la Corte de Apelaciones de éste Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el asunto N° JP01-R-2008-000111, de la nomenclatura interna de esta sala, seguida al imputado Víctor José Ledezma Bolívar. Se funda la decisión en los artículos 86.7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.