D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal en función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico - Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, constituído como Tribunal MIXTO, en decisión pronunciada en Consenso, ABSUELVE al ciudadano: Eduardo Antonio Parra, venezolano, natural de San Antonio de Barinas, Estado Barinas, de 46 años de edad, nacido en fecha 06-11-1956, Casado, Obrero, hijo de Carmen María Parra y Ramón Tovar (f), domiciliado en Vicario III, Calle Principal, Carrera 1, Casa N°11 de esta Ciudad, y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.627.062; al no haber demostrado tanto la Fiscalía del Ministerio Público como la Parte Querellante suficientemente la culpabilidad del acusado en la comisión de Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 407 y 418 del Código Pen.....