Pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta, el PROCEDIMIENTO ESPECIAL, previsto en el artículo 94 y siguientes de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 373 del Código Adjetivo Penal, respectivamente; así mismo, se declaran, los hechos como flagrantes, conforme lo prevé el artículo 93 de la referida Ley que rige la materia; todo ello, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y ACOSO u HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40, respectivamente, de la misma Ley, en perjuicio de las ciudadanas Dalia Zapata y Fanny Zapata.
SEGUNDO: Se decreta, LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN, DE SEGURIDAD Y CAUTELAR SUSTITUVA A LA PRIVATIVA, en contra del presunto imputado JUAN HILARIO MÉNDEZ ZAPATA, de las establecidas en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13, eiusdem, en relación con el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y ACOSO u HOSTIGAMIENTO, pr.....