III
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico administrando Justicia en su competencia Civil y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la acción de reivindicación incoada por los ciudadanos DILIA JOSEFINA MOTA DE MELGAREJO y PABLO EMILIO MELGAREJO contra los ciudadanos MARIA ISABEL HERNANDEZ DE VALERA y JONATAN VALERA, todos plenamente identificados con anterioridad. En consecuencia, se condena a la parte demandada a hacerle entrega de inmediato a la demandante, el local comercial edificado en una parcela de terreno municipal, constante de cincuenta y ocho metros cuadrados, con sesenta y cinco centímetros igualmente cuadrados, (58,65 m2) ubicada en la calle “cinco (5) de Julio”, entre las calles “Shettino” y “González Padrón”, jurisdicción de este Municipio Leonardo Infante-Valle de la Pascua-, Estado Guárico, comprendido dentro de los siguiente.....