En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante Abogado Leobardo Montoya. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 09 de Febrero de 2006, proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda