Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante Ciudadanos MANUEL JOSE RODRIGUEZ GONZALEZ Y ZARA MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 9.936.629 y 9.941.541, domiciliados en los Municipios Bermúdez y Valdez del Estado Sucre, a través de su Apoderado Judicial Abogado Omar Antonio Flores. En consecuencia, se CONFIRMA, el auto de la recurrida Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 07 de Agosto de 2014, y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado S.....