Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Acuerda la aplicación de una medida menos gravosa como es Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano natural de Caracas, edad 44 años, hijo de Rodolfo Antonio Crespo y Georgina Coronel de Crespo, ocupación u oficio chofer, domiciliado en Urbanización Cañafístula, sector uno, vereda 1 casa N° 13, estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad N° 8.576.497. Se le impuso como condición, presentarse por ante las Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de esta ciudad, cada Treintae (30) días por un lapso de seis (6) meses, tiempo este para que el Ministerio Público, presente el respectivo acto conclusivo. Se le impuso del efecto del o del establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. La li.....