DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano GARCÍA VILLAMEDIANA MELECIO ANTONIO, venezolano, natural del Caserío La Florida, Vía Canta Gallo, Estado Guárico, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Caserío Melendre, vía Canta Gallo, Estado Guárico y titular de la cédula de identidad nro. V-8.998.353; con fundamento a lo dispuesto en el ordinal 3º del artículo 318 en concordancia con el ordinal 8º del artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal, al haberse extinguido la acción penal por prescripción. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscal del Ministerio P.....