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Por las razones expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, seguida por ARNAU DAYANA CRISTINA contra BOLIVAR MAYORGA CARLOS LUIS.-
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil se ordena la notificación de las partes.-
Publíquese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua, a los Diez (10) días del mes de Mayo del año 2.011. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
El Juez
DR. JOSÉ ALBERTO BERMEJO.
La Secre.....