En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado Nicolás López Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 589.955 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 5.216, en representación de sus propios intereses.
SEGUNDO: SE DESCONOCEN, de conformidad con el articulo 23 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, las sentencias dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 04 de diciembre de 2007, y la dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fec.....