Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 53 del Código Penal, ACUERDA conmutarle el resto de la pena que le falta por cumplir en CONFINAMIENTO MÁS EL AUMENTO DE LA TERCERA PARTE DE LA DE LA MISMA, la cual terminará de cumplir en fecha SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE (07-03-2011), al penado JHONATHAN JESÚS VILLARROEL ROSALES, titular de la Cédula de Identidad No. 18.413.225, natural de Carúpano Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06-05-1983, de 22 años de edad, soltero, de oficio Comerciante Informal (Buhonero) hijo de Migdalis de Villarroel y José Villarroel, domiciliado en: Barrio Playa de Sal, Sector El Matadero, Casa S/N° de Carúpano, Estado.....