Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara el ciudadano SALVATORE MAURIZIO MARIA RIMMAUDO AMORE, contra el ciudadano JESUS SALAZAR, todos identificados en autos, y en este sentido CONDENA al demandado a desocupar el apartamento y en consecuencia hacer la entrega material del bien inmueble motivo del arrendamiento ubicado en el Conjunto Residencial El Bosque, Torre Uno, piso 3, apartamento N° 3-3 calle Araure y Avenida Los Llanos, sector Los Laureles de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, el cual se encuentra dentro de los siguientes linderos: NORTE: Apartamento 3-2, pasillo de circulación y patio de ventilación ubicado entre los apartamentos 3-3.....