Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante, este Juzgador las considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº.146 de fecha 10 de enero de 2016, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente a la De Cujus CARMEN ROSA OROSCO DE SIU, quien en vida fuera venezolana, mayores de edad y portador de la cédula de identidad Nº V-15.488.849. natural de la ciudad de Lima Republica del Perú.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DE DEFUNCIÓN Nº.146 de fecha 10 de enero de 2016, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del .....