DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hechos y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se acuerda por una sola vez, ampliar el lapso de prueba de la Suspensión Condicional del Proceso al acusado FRANKLIN RODOLFO TAMICHE GUTIÉRREZ, ampliamente identificado, por el lapso de de un (01) año, por lo que deberá presentarse cada sesenta (60) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo ello de conformidad con el artículo 45 en relación con el artículo 46 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Déjese Copia Certificada. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. MILAGROS C. LADERA HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. .....