Con fundamento en las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Menores, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana: NORIS ELENA OLIVARES SOLORZANO, en representación de sus menores hijas: NORIANGEL ADAIRIS CORALES OLIVARES y YOHARLIRIS OLIVARES, en contra del padre de éstas ciudadano: JOSE HUMBERTO CORALES BRITO, todos ampliamente identificados en autos, con motivo del Juicio de Fijación de Pensión de Alimentos; en consecuencia se fija la suma equivalente al 30% de un salario Mínimo Nacional, que actualmente es de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 247.000,oo), por lo tanto la suma establecida como Pensión de Alimentos monta a la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL CIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES (Bs. 74.131,oo) que deberá el Ciudadano JOSE.....