Por los razonamientos anteriores, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Sin Lugar la solicitud de aumento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana : AMENOPHIS AMENHENNHET MENDOZA CLAVO, en representación de sus hijos ( identificados en autos), en contra del ciudadano: JESUS ABELARDO ALVARENGA DELGADO, representado por su apoderado Judicial Abogado Carlos Rey; todos suficientemente identificados en autos.-
En consecuencia la parte demandada ciudadano: JESUS ABELARDO ALVARENGA DELGADO, seguirá depositando en la cuenta de ahorros de su hijos en el Banco BICENTENARIO ( Antes BANFOANDES) signada con el Nº 0146770010000328, la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA BOLIVARES ( Bs. 360,00) mensuales,.- En lo que respecta a.....